clasificación de oficinas 2022

Clasificación de Oficinas 2024

Como todos los años desde UGT explicamos el sistema de clasificación de oficinas y sus efectos en la nómina de enero.

El 31 de octubre, se tomaron los datos con los que se efectúa la clasificación de oficinas 2024. Los efectos económicos de esta clasificación los veremos en la nómina de enero (no en el anticipo del día 14 de enero, pues este se calcula respecto a la nómina del mes de diciembre).

Este año solo 3.046 oficinas clasificadas.

Cada vez menos oficinas, pero más grandes, el efecto constante de integración de oficinas tiene su reflejo en la clasificación.

Si lo comparamos con las 3.234 del año pasado, de la cuales 85 oficinas han sido reclasificadas a otros tipos (S1, S2 o V) que no entran en clasificación, y sumamos la entrada de 19 oficinas en clasificación y la creación de 64 oficinas nuevas del tipo Store (en tres de sus versiones: Negocios, Pymes y Premier) nos da como resultado el elevado número de oficinas que han bajado de categoría, un total de 834 oficinas.

A Tener en Cuenta

Si se produce un ascenso de categoría de la oficina, el director y el subdirector de la misma meritaran la diferencia salarial, entre el nivel que ostenten y el que corresponda a la nueva clasificación, en el “Complemento Transitorio de Clasificación”, durante el periodo de consolidación de la nueva categoría. La nueva categoría de la oficina queda condicionada a que ésta, al menos, se mantenga en la siguiente clasificación.

En el caso de que la oficina hubiera subido varias categorías en el anterior proceso de clasificación de oficinas y en éste descienda alguna categoría, entonces se produce una consolidación parcial, es decir, consolidará el nivel al que desciende.

Los gastos de Gestión y Representación se percibirán siempre en la cuantía correspondiente a la nueva clasificación de la oficina. Dichos GGR son complementos salariales que no se consolidan y que están vinculados a la categoría de la oficina.

Plus Funcional: Todos los cargos de dirección o subdirección de una oficina cuya categoría comporte el cobro del Plus Funcional y no ostenten un Nivel superior al mínimo establecido para dicho cargo cobrarán el importe correspondiente del Plus Funcional, siendo este pensionable y absorbible sólo por cambio ascendente de Nivel, y computa para el cálculo de la Ayuda por Hijos, de los trienios y de las pagas especiales, y también para el cálculo de la capacidad crediticia.

 

GCII 2º Responsables en centros que han clasificado a D2 o superior:

Mientras te encuentres en periodo de consolidación de esta categoría, te mantendrás dentro de la carrera de GCII 2º Responsable y percibirás:

  • Complemento GCII
  • Plus Flexibilidad
  • Gratificación Apoderamiento (en caso de que lo vengas percibiendo)
  • Complemento Transitorio Clasificación: por la diferencia a la situación expectante (Nuevo Nivel+Gastos de GyR+Mejora en el CP 2012-nivel Actual-Complemento de GC2 y-Plus de Flexibilidad)
  • Si tiene nivel inferior a IX se le promocionará a IX.

Cuando la oficina consolide la nueva categoría (D2 o superior):

  • Pasarás a función de Subdirector Comercial
  • Pasarás a nivel V
  • Dejarás de cobrar Plus Flexibilidad y el Complemento GCII
  • Cobrarás el plus de gastos de GyR correspondiente a la clasificación de la oficina (D2 o superior)

A los compañeros de origen Bankia les es de aplicación la adecuación progresiva.

Los GCII 2º Responsable de las oficinas D en periodo de consolidación, ostentarán como mínimo el nivel IX, y percibirán en el “Complemento Transitorio de Clasificación” la diferencia entre su nivel actual y el nivel V. En caso de consolidación, adquirirán el cargo de Subdirector abandonando la carrera de GCII, consolidando el nivel V a nivel personal y dejando de percibir el complemento transitorio.

Tanto el Nivel como el Plus Funcional que se tengan consolidados no se verán afectados en los supuestos de descenso de clasificación de la oficina.

No forman parte de la clasificación de oficinas:

  • Las ventanillas (V).
  • Oficinas singulares (S).
  • Centros de empresa.
  • Las oficinas S1.
  • Las oficinas S2.

No dudes en dirigirte a tu delegad@ de UGT si tienes alguna duda sobre cómo te afecta la clasificación de oficinas en tu nomina o precisas de asesoramiento al respecto. Te informaremos y ayudaremos.

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