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Finaliza el Periodo de Contratación de Acciones a Través de Compensa+

Se admitirán contrataciones del producto de Acciones en Compensa+ hasta el día 19 de enero, para que despliegue sus efectos en febrero.

A partir de esa fecha, deberás esperar a la apertura del nuevo plan de retribución flexible de CaixaBank (actualmente, 20 de mayo de cada año) cuando se podrá contratar de nuevo el producto de acciones, pero con efectos de febrero del año siguiente.

A partir del 20 de enero y hasta el 19 de mayo el producto de Acciones no estará disponible para contrataciones, modificaciones o bajas.

 

¿En qué consiste la adquisición de Acciones disponible en Compensa+?

Consiste en ofrecer a todas las personas trabajadoras en activo de la Entidad la opción de adquirir acciones de CaixaBank mediante una novación contractual que sustituya una parte de su retribución dineraria por la entrega de dichas acciones.

Las personas trabajadoras pueden destinar hasta un máximo de 12.000€ anuales a este producto, siempre y cuando su salario máximo disponible para productos de Retribución Flexible se lo permita. El importe que destine a la adquisición de acciones estará exento de tributación fiscal en el IRPF, cumpliendo determinados requisitos.

Esta entrega de Acciones de la Entidad no supone variación cuantitativa del importe del salario bruto anual ni de la retribución variable a percibir por la persona trabajadora. La sustitución de retribuciones dinerarias por Acciones, mediante novación contractual, tampoco afectará al cómputo para la determinación de la base de cotización a la Seguridad Social, ni sobre el salario regulador a efectos indemnizatorios, ni en la cuantificación del Salario Pensionable a los efectos de la aportación al Plan de Pensiones.

El producto solo se puede contratar con efectos del mes de febrero, y el descuento del salario destinado se practicará en la misma nómina en la que se abona el Bonus, a la plantilla de CaixaBank con derecho a su percepción.

Podrás contratar en cualquier momento del año el producto de Acciones en Compensa+, conforme a las fechas establecidas anualmente para cada plan. Es decir, podrás contratarlo desde el 20 de mayo hasta el 19 de enero del año siguiente, para tener las acciones de CaixaBank a tu nombre con efectos de finales de febrero.

  • Comodidad:Accederás al producto de forma fácil y cómoda.
  • Beneficio fiscal:
    • Territorio Común y Navarra: Estará exenta de tributación la entrega de acciones dentro de Compensa+, con el límite de 12.000€ anuales, siempre que la persona trabajadora mantenga las acciones en cartera durante, al menos, tres años.
    • País Vasco: En los territorios forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, la entrega de acciones está sujeta y no exenta del IRPF desde el 1 de enero de 2014.

      Por ello, para quienes presten servicio en el País Vasco, este producto no estará visible en la plataforma, al no conllevar beneficio fiscal.

 

De acuerdo con la normativa fiscal vigente, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la persona trabajadora debe tener en cuenta que la entrega de acciones realizada por una sociedad a sus personas trabajadoras estará exenta en Territorio Común y Navarra siempre y cuando, como hemos dicho, la persona trabajadora mantenga los títulos en su propiedad, al menos, durante tres años.

Será responsabilidad de la persona la tributación de este producto si no cumpliera con este requisito fiscal de mantenimiento de las acciones en el tiempo. Si el empleado incumpliera este requisito fiscal deberá regularizar su situación fiscal ante la Administración tributaria donde resida.

 

  • Podrás contratar el producto para que surta efectos una única vez al año: el último día hábil del mes de febrero.
  • El importe que inicialmente quieras destinar a la adquisición de acciones se podrá limitar por los siguientes motivos:
    • No podrá superar los 12.000 euros anuales en entrega de acciones dentro del plan de Retribución Flexible de CaixaBank.
    • El importe que inicialmente quieras destinar no podrá superar el total disponible de tu nómina del mes de febrero, incluyendo en ese total el abono del Bonus real devengado (si fuera tu caso).
    • El total neto a percibir en los meses de enero y febrero, una vez descontado el importe que inicialmente quieras destinar al producto de acciones, no podrá ser inferior a dos veces el Salario Mínimo interprofesional vigente a la fecha de entrega de las acciones.
    • Se tendrá siempre en cuenta que no superes el 30% de tu retribución total en retribuciones en especie.
    • En el supuesto de que la entrega de acciones dentro de Compensa+ supere el límite disponible de Autocartera de la Entidad, se le aplicará al importe establecido por cada persona el prorrateo sobre el total, en proporción al importe solicitado para el producto en Compensa+, una vez aplicados sobre él los límites señalados en los dos puntos anteriores.
    • No podrá superar los 12.000 euros anuales.
  • Las acciones se deben mantener durante tres años. El incumplimiento de este plazo dará lugar a que la persona trabajadora tenga que presentar una liquidación complementaria del IRPF, incluyendo el rendimiento del trabajo derivado de la entrega de acciones. Además, habrá de tributar por la venta de las acciones en su declaración del IRPF correspondiente al año en que tenga lugar la venta de dichos valores.

    La persona trabajadora será íntegramente responsable de estas obligaciones tributarias nacidas del incumplimiento de mantener las acciones durante tres años.
  • El número de acciones adquiridas se calculará en función del precio de la acción del último día hábil del mes de febrero.
  • También será el último día hábil de febrero, el día en que se pondrán a tu nombre las acciones de CaixaBank que finalmente te correspondan.
  • Como el descuento de nómina se habrá llevado a cabo el día del cierre del mes de febrero (en torno al día 18), y el valor de la acción que pongamos a tu nombre será el del último día hábil del mes, en la nómina del mes de marzo, en base al valor final de las acciones entregadas, se procederá a regularizar los importes descontados de más.
  • Además, desde Compensa+ se pondrán en contacto contigo, para volver a firmar, de nuevo, la novación contractual correspondiente al Anexo al contrato por el precio final resultante de la entrega de acciones.
  • Ejemplo: Persona que destina 1.000€ a la entrega de acciones en Compensa+:
    • En el mes de febrero se le descuentan de nómina 1.000€ (que sería la cantidad que la persona ha decidido destinar a esta adquisición)
    • El último día hábil de febrero la acción tiene un valor de 2,52€ cada una.
    • Con efectos de ese día el empleado tendrá a su nombre 396 acciones.
    • En la nómina de marzo se le devolverá en nómina la diferencia retenida:

      1000€- 396 Acciones*2,52€= 1000€- 997,92€= 2,08€

      La nómina definitiva serán 997,92€ en retribución en especie acciones exenta de tributación, siempre que cumplas con el requisito de mantenimiento anteriormente analizado, y los 2,08€ volverán a ser retribución dineraria sujeta a IRPF.

 

Se admitirán contrataciones del producto de Acciones hasta el día 19 de enero de cada año, para que despliegue sus efectos en febrero de ese mismo año.

A partir de esa fecha, deberás esperar a la apertura del nuevo plan de retribución flexible de CaixaBank (actualmente, 20 de mayo de cada año) cuando se podrá contratar de nuevo el producto de acciones, pero con efectos de febrero del año siguiente.

A partir del 20 de enero y hasta el 19 de mayo el producto de Acciones no estará disponible para contrataciones, modificaciones o bajas.

Sí. La cantidad mínima para destinar a la adquisición de acciones de CaixaBank, dentro de Compensa+ es de 100€.

Y, por otro lado, no podrás solicitar la entrega de acciones por importe superior a 12.000€.

 

Sí, puedes vender las Acciones de CaixaBank en cualquier momento, pero debes saber que, las acciones se deben mantener durante tres años para poder disfrutar de su tratamiento fiscal ventajoso.

Si no se cumpliera ese requisito de mantenimiento de las acciones durante tres años será tu responsabilidad la correcta tributación de este producto, ya sea a través de la presentación de una liquidación complementaria, incluyendo un rendimiento del trabajo derivado de la entrega de acciones, así como la tributación de la ganancia o pérdida patrimonial por la venta de las acciones en tu declaración del periodo en el que transmitas dichos valores, , en la forma en la que la normativa fiscal lo establezca en cada momento y circunstancia.

 

Entra en la plataforma Compensa+, accede al producto “Acciones”, indica el importe que deseas contratar y pulsa sobre el enlace “Añadir a la Cesta”, sigue los pasos que te indicará el simulador, comprueba el ahorro fiscal que ello supone y, si finalmente lo desees, finaliza la contratación.

 

Si tienes cualquier duda con el producto Acciones de Compensa+, contacta con el/la Delegad@ de UGT de tu zona.

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