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UGT Blinda Tus Incentivos Comerciales

CaixaBank atiende nuestras peticiones respecto a nuestra Demanda por Incentivos.

Desde UGT nos complace anunciaros que hemos llegado a un Acuerdo con la Entidad, que mejora la transparencia y que permite que no se cambien las “reglas del juego” para la percepción de esta retribución variable. En la mañana de hoy se celebraba el juicio en la Audiencia Nacional por la Demanda interpuesta por UGT, pero finalmente hemos llegado a un Acuerdo con la empresa que cumple con nuestras pretensiones.

ESTE ACUERDO SE HA LOGRADO GRACIAS A LA DEMANDA DE CONFLICTO COLECTIVO SOBRE EL ARBITRARIO SISTEMA DE BONUS E INCENTIVOS DE CAIXABANK INTERPUESTA ÚNICAMENTE POR LA UGT.

Aunque los demás sindicatos hayan firmado también este Acuerdo, la iniciativa interponiendo la Demanda ha sido única por parte de la UGT.

Como anunciamos en nuestra circular de 17 de Noviembre, desde UGT interpusimos Demanda de Conflicto Colectivo contra las presiones, al denunciar el arbitrario sistema de bonus e incentivos de CaixaBank que unido al interés personal de los responsables de negocio constituyen la principal causa de la presión comercial y el mal clima laboral que padecemos.

Finalmente, en la mañana de hoy hemos alcanzado un acuerdo en base a nuestras peticiones en la demanda, destacando los siguientes puntos: 

  • La empresa se compromete a publicar las Bases sobre los retos o incentivos comerciales que tengan devengo anual no más tarde del 31 de marzo.Si bien hay que decir, que este año las bases se han publicado el 14 y el 17 de marzo, es un mérito que nos atribuimos desde UGT, pues ha sido clave la demanda presentada.
  • La empresa no aplicará modificaciones sobre el contenido de las bases después de su publicación y durante el periodo de devengo que supongan un perjuicio o empeoramiento de las condiciones aplicadas a los trabajadores, salvo que se produzcan circunstancias sobrevenidas ajenas a la voluntad de la empresa.
  • La representación legal y sindical de los trabajadores tendremos derecho a recibir las bases de los incentivos comerciales para emitir informe previo, si procede, con una antelación mínima de 7 días de su publicación.
  • La empresa se compromete a abonar el incentivo correspondiente al periodo de devengo cuando, entre la finalización del periodo de devengo y la fecha de pago, la relación laboral se extinga por despido disciplinario reconocido como procedente, salvo en los supuestos en los que la citada decisión tenga que ver con una actuación fraudulenta del empleado en la comercialización de productos incluidos en el incentivo, en cuyo caso no se procederá al pago del mismo.

Gracias a este acuerdo liderado por UGT evitamos de forma efectiva la publicación extemporánea de las bases, acotando su publicación dentro del primer trimestre del año, y que nadie se vea perjudicado ante cambios en las bases una vez publicadas.

Por tanto, evitamos el cambio de las “reglas a mitad del partido”.

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Nuestros valores

Desde UGT hemos elaborado este decálogo para reivindicar la profesionalidad, la ética, la preparación y la experiencia de toda la plantilla de CaixaBank.