En la nómina de septiembre se abona el pago anual correspondiente a las ayudas de guardería y de formación para hijas e hijos de empleado.
En el caso de que tu hija o hijo tenga entre 21 y 25 años es preciso acreditar que cursa estudios.
Ayuda de Guardería
Ayuda para la Formación de hijas/hijos
Estas ayudas se percibirán durante el primer año de excedencia por nacimiento, adopción, o en los supuestos de acogimiento.
Se hace también extensiva a los hijos e hijas del personal jubilado, del declarado en incapacidad permanente absoluta o gran invalidez y a los huérfanos y huérfanas de personal fallecido.
Discapacidad
En los casos de hijas/hijos con discapacidad el importe de las ayudas han sido mejoradas, como resultado de la negociación colectiva, en el Protocolo de Conciliación que tenemos vigente en la Entidad con respecto al importe que establece el convenio colectivo.
Para su abono se requiere que la hija o hijo tenga reconocido por los organismos oficiales competentes una discapacidad en un grado mínimo del 33% y que la misma esté vigente en la fecha del pago.
En el caso de que la discapacidad sea reconocida con efectos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, se procederá a regularizar el importe abonado en septiembre una vez se acredite la discapacidad con efectos del año del pago.
No se aplica el tope de edad cuando la hija/hijo tiene reconocida una discapacidad en un grado mínimo del 33%, en cuyo caso se continuará percibiendo la ayuda mientras continúe vigente la discapacidad.
Entre 21 y 25 años
Desde el curso 2021-2022, el pago de esta ayuda está condicionado a la previa acreditación por parte de la persona trabajadora de que la hija/hijo está cursando estudios, excepto cuando la hija/hijo tenga reconocido un grado de discapacidad ≥ 33% en cuyo caso no deberán justificar que están estudiando y el abono será automático.
El abono se realizará en la nómina de septiembre para aquellas solicitudes realizadas hasta el 9 de septiembre, siempre con la información referida al curso escolar 2022-2023, a través del portal del empleado por cualquiera de las siguientes rutas:
- Portal del Empleado > Mi portal > Compensación > Solicitud Ayuda Estudios Hijos entre 21 y 25 años
- Portal del Empleado > Mi portal > Solicitudes a RRHH > Gestión de mis solicitudes > Nueva Solicitud > Ayuda Estudios Hijos entre 21 y 25 años
Si no has podido acreditar que tu hija/hijo cursará un determinado estudio en el plazo establecido, el abono de la ayuda se hará efectivo en los meses posteriores, en función de la fecha de solicitud, y siempre con el límite del fin del curso escolar.
De acuerdo con la finalidad de esta ayuda, en ningún caso un mismo curso puede dar lugar a la percepción de esta ayuda en dos años distintos.
Dado el nuevo condicionante de acreditación de cursar estudios y ante las denegaciones de estas ayudas a compañeras y compañeros, desde UGT hemos interpuesto demanda de conflicto colectivo por la aplicación unilateral por parte de las Entidades de criterios restrictivos en la concesión de estas ayudas. |
⇒ https://ugtcaixabank.org/ugt-interpone-demanda-por-la-ayuda-de-formacion-de-hijos-hijas/
Recuerda:
Para percibir la Ayuda Formación de hijas/hijos se debe cumplir el requisito de que no perciban rentas superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
Actualmente, el SMI es de 1.000 o 1.166,67 euros brutos mensuales, en función de si el mismo se percibe en 14 o 12 pagas, respectivamente. Igualmente, el SMI en cómputo anual es de 14.000 euros brutos.
Complemento por residencia
Si tu hija/hijo debe cursar estudios a partir del 5º año de primaria en plaza distinta de tu domicilio habitual, pernoctando fuera de él, la Ayuda para la Formación se incrementará en un 100%.
Para la percepción de esta ayuda es necesario realizar la solicitud a través del Portal del Empleado y adjuntar:
- Recibo de alquiler o justificación de la residencia en localidad diferente a la que habitualmente residen.
- Matrícula de los estudios que está cursando.
El abono se realizará directamente en la nómina dentro de los 2 meses siguientes a la recepción de la solicitud con todos los justificantes solicitados.
Si precisas de ayuda o más información al respecto, ponte en contacto con tu delegad@ de UGT.