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UGT Interpone Demanda por la Ayuda de Formación de Hijos/Hijas

UGT interponemos demanda de Conflicto Colectivo para defender la Ayuda de Formación de hijos/hijas de empleados/empleadas, emprendiendo así acciones legales ante la perjudicial aplicación que está haciendo la Dirección de los criterios para su otorgación.

Han sido numerosas las denegaciones en la concesión de esta ayuda a compañeros y compañeras con hijos/hijas de edad entre 21 y 25 años, una vez realizada la acreditación de los estudios que están cursando, bajo el criterio de no tratarse de “formación reglada”.

Desde UGT entendemos que esta ayuda, fruto de la negociación colectiva, y en los que en última instancia son beneficiarios nuestros hijos/hijas, debe hacerse efectiva por la Entidad sin más condicionantes que los establecidos en el convenio colectivo, sin que sea admisible interpretaciones partidistas más allá de acreditar que se cursan estudios.

También han sido numerosos los casos de denegación en la concesión del complemento por residencia, es decir, el incremento de la ayuda anterior condicionado a una formación específica y a pernoctación fuera del domicilio habitual de la persona empleada. Las causas alegadas por la Dirección para su denegación son:

  • estar realizando estudios que podría estar realizando en la población donde radica el domicilio habitual del empleado/empleada.
  • o no realizar el curso completo con pernoctación fuera del domicilio habitual (erasmus).

La Dirección aplica de nuevo uno criterios restrictivos que no constan entre los recogidos en el literal del convenio que regula estas ayudas para su concesión.

Desde UGT, tras instar a la Dirección al abono de las ayudas denegadas y ante la falta de voluntad de la misma en atender nuestra petición, presentamos una consulta vinculante a la Comisión Paritaria del Convenio a fin de que esta se pronunciase al respecto de la correcta interpretación del articulo 57 que regula estas ayudas.

Toda vez que dicha reunión finalizó sin acuerdo, y en defensa de los derechos e intereses de los empleados y empleadas del sector, desde UGT hemos procedido a presentar Demanda de Conflicto Colectivo con el objeto de que se reconozca

  • Que las ayudas para la formación de hijos/hijas de las personas empleadas, reguladas en el art. 57.1 del Convenio Colectivo, únicamente están condicionadas al cumplimiento de los requisitos que se señalan en el citado precepto, sin que por tanto resulte exigible que se trate de “formación reglada”.
  • Que el incremento en la ayuda para la formación de hijos/hijas de las personas empleadas contemplado en el art. 57.5, está condicionado al cumplimiento de los requisitos que específicamente se señalan en el citado precepto, sin que sea exigible que en la plaza del domicilio habitual de la persona empleada no exista facultad o centro que imparta dichos estudios.
  • Que el incremento en la ayuda para la formación de hijos/hijas de las personas empleadas contemplado en el art. 57.5, está condicionado al cumplimiento de los requisitos que específicamente se señalan en el citado precepto, sin que estén excluidos de tal incremento los programas “Erasmus”.

 

Si has visto denegada tu solicitud de ayuda para la formación de tus hijos/hijas o el complemento por residencia, o precisas más información al efecto, ponte en contacto con tu delegad@ de UGT.

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