clasificación de oficinas 2022

Clasificación de Oficinas 2022

El 31 de octubre, se tomaron los datos con los que se efectúa la clasificación de oficinas 2022. Con las magnitudes de los 12 meses anteriores, y con efectos del día uno de enero del 2022, se ha determinado su categoría en base a las variables y porcentajes establecidos en el acuerdo laboral de julio de 2005.

Hay varios aspectos que tienen repercusión directa en la clasificación de oficinas 2022:

  • Eliminación de la categoria F2: fruto de lo negociado en el acuerdo del ERE, se acuerda con efectos 1 de enero de 2022, la eliminación de la categoría de oficinas F2 del sistema de clasificación de oficinas. En consecuencia, se  establece que el porcentaje de la categoría de oficinas F1 pasara a ser del 29,7%.
  • Integración Bankia: Las oficinas procedentes de Bankia serán consideradas como Singulares “S” de forma transitoria hasta el 31-12-2022. Si se produce la integración con una oficina de CaixaBank con anterioridad a dicha fecha, a la oficina integradora se le asignará la categoría y estado de consolidación de la oficina CaixaBank hasta la próxima clasificación de la oficina.
  • Integraciones/cierres de oficinas: Nuestra clasificación se basa en porcentajes sobre el número total de oficinas, si baja el número total de oficinas baja el número de oficinas de cada categoría.
  • Incremento de Stores: Normalmente las oficinas grandes son las que ocupan los primeros puestos del ranquing. Por lo tanto, con un modelo de negocio que tiende a oficinas grandes, éstas adelantan en el ranquing al resto.

Han sido 2.781 el total de oficinas clasificadas, 182 oficinas menos respecto a las 2.963 objeto de clasificación del año pasado.

A Tener en Cuenta

En la nómina de enero se verán reflejadas las variaciones retributivas derivadas de la clasificación de oficinas, pero no en el anticipo del día 14 de enero, pues éste se calcula respecto a la nómina del mes de diciembre.

Si se produce un ascenso de categoría de la oficina, el director y el subdirector de la misma meritaran la diferencia salarial, entre el nivel que ostenten y el que corresponda a la nueva clasificación, en el “Complemento Transitorio de Clasificación”, durante el periodo de consolidación de la nueva categoría. La nueva categoría de la oficina queda condicionada a que ésta, al menos, se mantenga en la siguiente clasificación.

En el caso de que la oficina hubiera subido varias categorías en el anterior proceso de clasificación de oficinas y en éste descienda alguna categoría, entonces se produce una consolidación parcial, es decir, consolidará el nivel al que desciende.

Los gastos de Gestión y Representación se percibirán siempre en la cuantía correspondiente a la nueva clasificación de la oficina. Dichos GGR son complementos salariales que no se consolidan y que están vinculados a la categoría de la oficina.

Además

Los GCII 2º Responsable de las oficinas D en periodo de consolidación, ostentarán como mínimo el nivel IX, y percibirán en el “Complemento Transitorio de Clasificación” la diferencia entre su nivel actual y el nivel V. En caso de consolidación, adquirirán el cargo de Subdirector abandonando la carrera de GCII, consolidando el nivel V a nivel personal y dejando de percibir el complemento transitorio.

 

Plus Funcional: Todos los cargos de dirección o subdirección de una oficina cuya categoría comporte el cobro del Plus Funcional y no ostenten un Nivel superior al mínimo establecido para dicho cargo cobrarán el importe correspondiente del Plus Funcional, siendo este pensionable y absorbible sólo por cambio ascendente de Nivel, y computa para el cálculo de la Ayuda por Hijos, de los trienios y de las pagas especiales, y también para el cálculo de la capacidad crediticia.

Tanto el Nivel como el Plus Funcional que se tengan consolidados no se verán afectados en los supuestos de descenso de clasificación de la oficina.

No forman parte de la clasificación de oficinas:

  • Las ventanillas (V), oficinas singulares (S) y los centros de empresa, conjunto que no puede superar el 7% del total de oficinas clasificadas.
  • Las oficinas S1.
  • Las oficinas S2.

No dudes en dirigirte a tu delegado de UGT si tienes alguna duda sobre cómo te afecta la clasificación de oficinas en tu nomina o precisas de asesoramiento al respecto. Te informaremos y ayudaremos.

#LaFuerzaDeAvanzarJuntos

Comparte!!!
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Telegram
Print

Participaciones de
la Lotería de NAVIDAD

¡No te quedes sin ella!