Desde UGT hemos exigido a la Dirección que cumpla con lo acordado en la Comisión de Formación.
El pasado 10 de Agosto se nos convocó a un Curso Obligatorio de Normativa y Preferencias de Sostenibilidad Terminal Financiero. Esta convocatoria va en contra de lo pactado ya que en los períodos comprendidos entre el 15 de julio y el 31 de agosto (verano) y del 15 de diciembre al 6 de enero (navidad) no se pueden convocar nuevos cursos de formación y en estos términos nos hemos dirigido a la Dirección.
Desde la Dirección nos aseguran de que se trata de un Error.
No es una convocatoria a un nuevo curso sino que al pasar este curso al aula de continuidad se generó por error la convocatoria.
Aprovechamos para recordar lo que se ha pactado en materia de Formación.
- Sólo puede tener consideración de formación obligatoria aquella que venga exigida o amparada por un regulador o precepto legal.
- La formación obligatoria y la formación legalmente exigible para el desempeño de nuestro puesto se considera tiempo de trabajo efectivo.
- Existe un máximo de 10 horas al mes de carga lectiva de formación: (corta duración, obligatoria presencial, presencial remoto, obligatoria por los reguladores y formación vinculada a incentivos). Excluyendo de este cómputo la formación no obligatoria, post grado y formación de empleados de nueva entrada.
- En los períodos comprendidos entre el 15 de julio y el 31 de agosto (verano) y del 15 de diciembre al 6 de enero (navidad) no se podrán convocar nuevos cursos de formación.
- Las acciones formativas vinculadas para el bonus deben estar correctamente identificadas.
- Cada curso debe tener identificada si su duración nos convalida para alguna de las recertificaciones: MIFID, LCCI o IDD (seguros) para ir acumulando horas hasta obtener la recertificación anual.
Si tienes cualquier duda a este respecto, contacta con tu delegad@ de UGT.