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La Dirección Accede a la Aplicación de Mejoras Propuestas por UGT

En la pasada comisión de seguimiento del ERE celebrada el 27 de junio, la Dirección había quedado pendiente de dar respuesta a propuestas de mejoras efectuadas por UGT y el resto de la RLT, por estar analizando aún las mismas.

Finalmente acceden a la aplicación de requerimientos efectuados por UGT en las diferentes comisiones de seguimiento del ERE, por lo que conseguimos ampliar las mejoras logradas en la última reunión de 27 de junio (haz click aquí para ver nuestra circular donde exponemos las alcanzadas entonces: https://ugtcaixabank.org/ere-2021-principales-aspectos-de-la-5o-comision-de-seguimiento/).

2º Responsable en el ámbito rural.

La Dirección acepta la petición de UGT de computar los emplead@s que se encuentran en oficinas Ventanillas de forma agregada con la oficina matriz a los efectos de que estas cuenten con la figura de 2º responsable.

De tal forma, si la plantilla adscrita de forma permanente en una oficina matriz (se excluyen las oficinas S1 y S2) y la oficina ventanilla, supera los tres empleados, se procederá a convocar la correspondiente posición de 2º Responsable. A las oficinas que ya cumplen con este criterio, se procederá a la publicación de estas vacantes durante el mes de septiembre.

Aceleración de carrera.

Aceptan nuestra propuesta de aplicación de la aceleración de carrera a los GCI sobre los años en que antes de enero de 2022 se haya estado en HLS con nivel VII o XI y que por tanto permiten anticipar el pase a nivel VI y X.

Computo del tiempo de permanencia en las carreras de GC.

Se respetará el tiempo de permanencia en las carreras de GCI y GCII a los efectos de pasar de nivel VII a VI  y de XI a X, en aquellos supuestos de entrada y salida de las carreras por decisión de la entidad sin que medien más de 2 años.

Te lo explicamos con un ejemplo:

Garantía para los Directores de oficinas S1 y S2 que se conviertan en oficinas V.

Los cargos de Dirección de las oficinas S1 y S2 que se conviertan en V, se mantendrán en la carrera de GCII a título personal y continuarán percibiendo los complementos salariales asociados a la función que desempeñaban hasta que accedan a alguna de las vacantes de GCII, GCII 2º Responsable o Director/a de oficina S1 o S2 que se convoque en su ámbito geográfico, sin sobrepasar los límites establecidos en Convenio Colectivo en cuanto a movilidad, vacantes que se comprometen a solicitar y aceptar en el supuesto de ser seleccionados. En caso contrario, implicará la renuncia a la carrera y complementos de puesto, aplicándose lo establecido en el acuerdo laboral de Gestores de Clientes.

Asimismo, si en el plazo de 24 meses no se produce ninguna vacante en el ámbito geográfico mencionado, finalizará la carrera de GC.

La diferencia que pudiera percibir de acceder a una plaza de GCII, GCII 2º responsable o Director/a cuyos pluses y complementos sean inferiores al plus de puesto garantizado, se percibirá en un plus mercado absorbible y compensable.

Ventanillas a + 25 km de la matriz.

Si la distancia entre la matriz (clasificada, S1 o S2) y la oficina ventanilla supere los 25 km, a la persona que de forma habitual atiende la Ventanilla y su adscripción sea la oficina matriz, independientemente de que pueda solicitar el abono del kilometraje efectuado conforme a la normativa vigente, se le compensará con el importe del Plus de equipo de soporte correspondiente, de forma proporcional al número de días que realicen su jornada laboral en la oficina Ventanilla.

Los importes correspondientes a 2022:

El importe correspondiente al prorrateo de los días realizados en la ventanilla se abonará en la nómina del mes siguiente.

Complemento Residencia 2.

Se da solución al error en el tratamiento del Complemento Residencia 2 de la plantilla origen Bancaja y Caja Insular. De esta forma pasarán a percibirlo con efectos de la entrada en vigor del ALI en el concepto PLUS RESID. AD PERSONAM y por la diferencia positiva entre el importe del complemento de residencia que percibían en el momento de entrada en vigor del ALI (7 de julio de 2021) y el que corresponda según normativa interna de CaixaBank.

Este concepto tendrá las mismas características y condiciones que el complemento de residencia al que se refiere el apartado 6.3 del ALI de 7 de julio de 2021, se abonará en 12 mensualidades y será revisable en el mismo porcentaje que establezca el convenio de aplicación, pensionable, no absorbible y computará para el cálculo de la capacidad crediticia.

Asimismo, será reversible en caso de dejar de estar adscrito a un centro de trabajo ubicado en las zonas geográficas que da derecho a su percepción.

Derivado de lo anterior, se procederá a regularizar la cuantía del referido complemento, así como las cuantías de las aportaciones efectuadas al Plan de Pensiones, con anterioridad al 31 de octubre.

Asimismo, se procederá a subsanar y regularizar con efectos retroactivos un error en la actualización del importe del Complemento Residencia de aquellas personas que se hayan visto afectadas por la aplicación del sistema PDP en fecha 1 de enero de 2022.

En todos los casos se aplicará la correspondiente regularización a las personas afectadas que hayan causado baja en la Entidad en aplicación de alguna de las medidas contempladas en el acuerdo laboral de 7 de julio 2021.

GCII InTouch.

Se aplicará de forma homogénea las condiciones de las personas en carrera de GC en el ámbito del horario laboral singular de los acuerdos de Store e inTouch, por lo que los GCII que se incorporan en InTouch se les aplicará el Nivel mínimo X.

Mejoras en la función de GC Adjunto.

Respecto a la propuesta de mejora de condiciones a aplicar a la función de GC Adjunto, la Dirección indica que queda pendiente de regulación, dado que se siguen analizando las propuestas de mejora solicitadas por la RLT. Desde UGT venimos requiriendo entre otras las siguientes:

correspondiente a la que sustituyan (GCI o GCII) durante el periodo de tiempo de cobertura de la ausencia.

a quienes ya se encuentren en la carrera de la posición a cubrir (GCI o GCII).

de quienes para acceder a la función de GC Adjunto hubieran renunciado a la carrera de GC.

en los casos de haber salido por decisión de la entidad y no haber pasado más de 2 años desde la salida.

para quienes cubran vacantes de GCI.

(equivalente a la diferencia entre el plus de 2.000 € de GC Adjunto actual y el complemento de GCII).

correspondientes a los pluses de GCII a quienes se incorporaron a la función de GC Adjunto para cubrir la posición de GCII.

(LCCI, MiFID) computando la realización de la misma como tiempo efectivo de trabajo.

por incorporación del titular a una finalización por decisión de la entidad, desplegando las garantías correspondientes.

o en un radio de 25 km de la oficina origen o de la oficina que generó la vacante, a elección de la persona.

en caso de que la persona sustituida no vuelva por cualquier circunstancia o que a su vuelta renunciara voluntariamente a la función de GC.

 

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Nuestros valores

Desde UGT hemos elaborado este decálogo para reivindicar la profesionalidad, la ética, la preparación y la experiencia de toda la plantilla de CaixaBank.